martes, 21 de enero de 2014

Requisitos para título de Pueblo Mágico

Para poder pertenecer al programa, las localidades deben contar con una población de 20 mil habitantes, y deben ubicarse en una distancia no superior a los 200 km o el equivalente a dos horas de distancia vía terrestre, a partir de un destino turístico. Además, de solicitar la incorporación por parte de las autoridades municipales y estatales a SECTUR, para que estos realicen una visita de valoración para evaluar la potencialidad del sitio. Los criterios a considerar para que una comunidad tenga la designación de "Pueblo Mágico" son:
  • Conservan atributos simbólicos y una bella arquitectura.
  • Son protagonistas de hechos trascendentales y leyendas.
  • Pueblos muy antiguos por historia y cultura.
  • Una cotidianidad intacta.
  • Sus habitantes mantienen sus costumbres y tradiciones.
Si el dictamen es favorable, la localidad solicitante deberá iniciar el proceso de integración, según los lineamientos del programa. Ya que la localidad está incorporada al programa, para mantener su nombramiento debe obtener la renovación cada año y cumplir con los criterios de certificación del programa.

Ya dentro del programa las autoridades estatales y municipales que hayan solicitado la incorporación comprometen una aportación económica de cuando menos 3 años para la realización de las acciones, proyectos y programas de trabajo que se encarguen del beneficio comunidad-autoridad.

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